SALARIO EMPLEADAS DEL HOGAR 2022

¿Cuál es el salario de un/a empleado/a del hogar?

El Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, estable que el salario de un/a empleado/a del hoga.

Se garantiza, como mínimo, el pago en metálico del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual, por debajo de cuya cuantía no será posible realizar descuento alguno por salario en especie por manutención o alojamiento. Cuando exista salario en especie éste no podrá superar el 30 por ciento de las percepciones salariales.

Dicho salario se entiende referido a la jornada de trabajo completa, percibiéndose a prorrata si se realiza una jornada inferior.

La trabajadora o trabajador tendrá derecho a dos pagas extraordinarias al año, de modo que se garantice la percepción del Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual.

Si su empleada trabaja a tiempo completo, su SMI (Salario mínimo interprofesional) bruto para 2022 será de 1.000 euros al mes X 14 pagas.

Nuevas tablas salariales y bases de cotización de las empleadas del hogar 2022.

Tabla salarial por horas y coste empleador.

El trabajador puede recibir el salario en 12 o 14 pagas. Por ello, vamos a diferenciar las tablas en dichos casos.

Las jornadas inferiores a 40 horas semanales se han calculado de manera proporcional al SMI.

Además, diferenciamos entre BRUTO, NETO y BASE DE COTIZACIÓN:

  • BRUTO.- Salario que establece la nómina la persona trabajadora sin realizar el descuento que a el le corresponde de seguridad social. Este es el salario importante a efectos de IRPF e indemnización por despido.
  • NETO.- Salario que percibe el trabajador en el banco o en metálico, tras descontarle la parte que le corresponde a la Seguridad Social. Es decir, el importe que tiene que ver ingresado en el banco (o que le den en metálico).
  • BASE DE COTIZACIÓN.- La base de cotización establece la cotización a la seguridad social de la persona trabajadora. Está relacionado con el salario pero no coincide de manera exacta en este régimen especial, se abona por tramos como más adelanta detallaremos. Esta es base que se toma como referencia para pagar la incapacidad temporal, la jubilación, la prestación por maternidad…

Salario en 12 pagas (pagas extras prorrateadas)

HorasSalario brutoBase cot.
401166,66 €1.177,00 €
391.219,92 €1.177,00 €
381.188,64 €1.177,00 €
371.157,36 €1.177,00 €
361.126,08 €1.177,00 €
351.094,80 €1.125,90 €
341.063,52 €1.125,90 €
331.032,24 €1.125,90 €
321.000,96 €1.125,90 €
31969,68 €941,oo €
30938,40 €941,oo €
29907,12 €941,oo €
28875,84 €941,oo €
27844,56 €941,oo €
26813,28 €798,00 €
25782,00 €798,00 €
24750,72 €798,00 €
23719,44 €798,00 €
22688,16 €653,00 €
21656,88 €653,00 €
20625,60 €653,00 €
19594,32 €653,00 €
18563,04 €653,00 €
17531,76 €509,00 €
16500,48 €509,00 €
15469,20 €509,00 €
14437,92 €509,00 €
13406,64 €509,00 €
12375,36 €365,00 €
11344,08 €365,00 €
10312,80 €365,00 €
9281,52 €365,00 €
8250,24 €222,00 €
7218,96 €222,00 €
6187,68 €222,00 €
5156,40 €222,00 €
4125,12 €222,00 €
393,84 €222,00 €
Coste empleada del hogar 2022 con pagas prorrateadas

Salario en 14 pagas, dos pagas extras julio y navidad.

En la siguiente tabla se refleja el salario de cada paga, teniendo en cuenta que se deben abonar 14 pagas completas al año.

Las dos pagas extras deben abonarse íntegramente, sin ningún tipo de deducción.

Es decir, que cuando toque la paga extra, si se trabaja a 40 horas se abona de manera íntegra

Esto es así, ya que la cotización se divide entre doce, por lo tanto, cada mes estaremos pagando un poco más de cotización de la que corresponde al sueldo que realmente se percibe.

Coste para el empleador

Empleadas del hogar 2022

El coste para el titular del hogar familiar es el mismo, se paguen en 12 o 14 pagas.

En el cuadro siguiente calculamos las pagas extras como si estuvieran prorrateadas

HorasCot. empleadorConting. profesionalesCot. empleadaDescuento 20% *Total Cot.
40277,77 €17,66  €55,32 €55,55 €295,19 €
39277,77 €17,66  €55,32 €55,55 €295,19 €
38277,77 €17,66  €55,32 €55,55 €295,19 €
37277,77 €17,66  €55,32 €55,55 €295,19 €
36277,77 €17,66  €55,32 €55,55 €295,19 €
35265,61 €16,89 €52,92 €53,14 €282,38 €
34265,61 €16,89 €52,92 €53,14 €282,38 €
33265,61 €16,89 €52,92 €53,14 €282,38 €
32265,61 €16,89 €52,92 €53,14 €282,38 €
31222,08 €14,12 €44,23 €44,42 €236,00 €
30222,08€14,12 €44,23 €44,42 €236,00 €
29222,08 €14,12 €44,23 €44,42 €236,00 €
28222,08 €14,12 €44,23 €44,42 €236,00 €
27222,08 €14,12 €44,23 €44,42 €236,00 €
26188,33 €11,97 €37,51 €37,67 €200,14 €
25188,33 €11,97 €37,51 €37,67 €200,14 €
24188,33 €11,97 €37,51 €37,67 €200,14 €
23188,33 €11,97 €37,51 €37,67 €200,14 €
22154,11  €9,80 €30,69 €30,82 €163,77 €
21154,11  €9,80 €30,69 €30,82 €163,77 €
20154,11  €9,80 €30,69 €30,82 €163,77 €
19154,11  €9,80 €30,69 €30,82 €163,77 €
18154,11 €9,80 €30,69 €30,82 €163,77 €
17120,12 €7,64 €23,92 €24,02 €127,66 €
16120,12 €7,64 €23,92 €24,02 €127,66 €
15120,12 €7,64 €23,92 €24,02 €127,66 €
14120,12 €7,64 €23,92 €24,02 €127,66 €
13120,12 €7,64 €23,92 €24,02 €127,66 €
1286,14 €5,48 €17,16 €17,23 €91,54 €
1186,14 €5,48 €17,16 €17,23 €91,54 €
1086,14 €5,48 €17,16 €17,23 €91,54 €
986,14 €5,48 €17,16 €17,23 €91,54 €
852,39 €3,33 €10, 43 €10,48 €55,68 €
752,39 €3,33 €10, 43 €10,48 €55,68 €
652,39 €3,33 €10, 43 €10,48 €55,68 €
552,39 €3,33 €10, 43 €10,48 €55,68 €
452,39 €3,33 €10, 43 €10,48 €55,68 €
352,39 €3,33 €10, 43 €10,48 €55,68 €
Coste empleada del hogar 2022 incluyendo salario y cotizaciones sociales.

Tramos y base de cotización de las empleadas del hogar

Estas son las bases de cotización que existen para el año 2022 y con las que se han realizado los cálculos indicados anteriormente.

Hay que tener en cuenta que la base de cotización se calcula en 12 meses con lo cual tendríamos que realizar la conversión del salario anual teniendo en cuenta si las pagas extra se pagan por separado y prorrateándolas mes a mes.

Ejemplo:

Salario 1.000 €

paga extra verano 1.000 €

Paga extra navidad 1.000 €

(1.000 x 12) + paga verano + paga navidad = 14.000 €

Retribución mes 14.000 € / 12 = 1.166,66 €

TramoRetribución mensual euros/mesBase de cotización euros/mes
1.ºHasta 269,00231,00
2.ºDesde 269,01 hasta 418,00379,00
3.ºDesde 418,01 hasta 568,00528,00
4.ºDesde 568,01 hasta 718,00677,00
5.ºDesde 718,01 hasta 869,00827,00
6.ºDesde 869,01 hasta 1.017,00976,00
7.ºDesde 1.017,01 hasta 1.166,701.166,70
8.ºDesde 1.166,71 hasta 1.273,001.220,00
9.ºDesde 1.273,01 hasta 1.439,001.370,00
10.ºDesde 1.439,01Retribución mensual

Los porcentajes para calcular los tramos brutos y netos son los siguientes:

  • Porcentaje de cotización del trabajador, 4,70 %
  • Porcentaje de cotización del empleador, 23,60 % de contingencias comunes y 1,50% de contingencias profesionales.
  • Total 29,80% de cotización

¿Tengo que cobrar dos medias pagas o pagas extras completas?

Salvo que estén prorrateadas, es decir, que se perciban mensualmente la parte proporcional de la paga extraordinaria, la trabajadora tendrá derecho a percibir dos gratificaciones extraordinarias al año que se percibirán, salvo que se acuerde otra cosa, en junio y diciembre y de manera completa.

La cuantía de las pagas extraordinarias, en prinicipio, debería ser igual a una nómina de un mes cualquiera sin descuento alguno de cotización, aunque se puede pactar un pago inferior siempre que se perciba el salario mínimo interprofesional en cómputo anual.

En la legislación actual ya no se recoge la referencia al salario de media paga o quince días naturales, sino que con carácter general el pago deberá de ser dos pagas completas.

Del mismo modo que se incrementa el salario bruto para aquellas personas cuya jornada laboral es de 40 horas semanales, también se produce una subida del salario para empleadas que trabajan menos horas. Por ejemplo, en el caso de las personas con un contrato de 15 horas semanales y pagas prorrateadas, deben recibir un salario de 452,40 euros mensuales. Una cifra que asciende a 603,2 euros en el caso de las jornadas de 20 horas semanales o 904,8 euros para jornadas de 30 horas.

Por otro lado, en el caso de las empleadas contratadas por horas, la cuantía es de 7,82 euros por cada hora trabajada, de acuerdo con el artículo 8.5 del Real Decreto 1620/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familiar que toma como referencia el salario mínimo de estos empleados.


¿Cuál es el precio mínimo por hora de un un/a empleado/a del hogar?

Los trabajadores que trabajan por horas, en régimen externo, perciben una retribución global por las horas efectivamente trabajadas, que incluye la totalidad de los conceptos retributivos (salario por el tiempo trabajado, más las partes proporcionales del descanso semanal, vacaciones y pagas extraordinarias).

Se habla de trabajo por horas cuando el empleado presta sus servicios en el domicilio del empleador menos de 120 días al año. En este caso el precio mínimo será de 7.82 euros/hora en 2022 y dentro de esta cantidad ya van incluidas la partes proporcionales de las dos pagas extra y vacaciones a las que tiene derecho el trabajador.

¿Qué es lo que dice la Seguridad Social que se debe abonar?¿Se debe pagar a 7,82 € la hora?

El Real Decreto que establece el Salario Mínimo Interprofesional, también establece un salario hora de 7,82 €.

Dicho salario es el que utiliza la Seguridad Social para calcular el salario cuando se realizan menos de 40 horas a la semana.

Es decir, la seguridad social coge el número de horas a la semana, lo multiplica por el salario hora de 7,82 € y lo vuelve a multiplicar por 4 considerando que el mes tiene cuatro semanas.

A la hora de calcular el salario en base al Real Decreto:

  1. El propio Real Decreto que regula la relación laboral de las empleadas del hogar, determina en su artículo 8 que el salario debe de ser el SMI o su parte proporcionalDicho salario mínimo se entiende referido a la jornada de trabajo completa a la que se refiere el artículo 9.1 de este real decreto, percibiéndose la prorrata si se realizase una jornada inferior.
  2. Ese salario está pensado para cuando se trabaja de manera esporádica, ya que incluye las vacaciones y las paga extraordinarias prorrateadas.
  3. Con esa forma de hacer los cálculos se llega al absurdo que cobra más un trabajador a 39 horas que a 40.

En definitiva, el salario de 7,82 € a la hora incluye las vacaciones y las paga extraordinarias, y está pensado para un trabajador que es contratado por ejemplo solo una tarde o una semana, un tiempo determinado inferior al año.

La diferencia es que el trabajador que tiene un contrato laboral para trabajar 40 horas de manera indefinida tiene derecho a descansar día y medio semanalmente y 30 días de vacaciones remuneradas anuales, la trabajadora por horas, no es que no tenga ese derecho, sino que ya se lo remuneran en el salario hora. Por lo tanto, en lugar de disfrutar de descansos, percibe un salario un poco más elevado.

El contrato por horas está pensado para una necesidad puntual, o una trabajadora que realice pocas horas a la semana en una vivienda, ya que no se puede tener contratado a una persona trabajadora sin disfrutar vacaciones todo el año.

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